Según recoge la UNAD, la Red de Atención a las Adicciones, entidad de la que la Fundación Salud y Comunidad (FSC) forma parte activa, el Consejo de Ministros aprobó a finales del pasado mes de diciembre un Real Decreto-Ley, mediante el que se modifica la ley de mecenazgo vigente desde hace 21 años, que entró en vigor el pasado 1 de enero. Posteriormente, el Parlamento tendrá que validarla.  

El marco jurídico vigente en España para el mecenazgo es la ley 49/2002, de 23 de diciembre, que, a su vez, actualizaba la ley 30/1994, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, la primera que incorporó el término “mecenazgo”.

La aprobación de esta reforma de la ley es el resultado del trabajo colectivo del Tercer Sector, que lleva años reclamándola, y de su interlocución con el Congreso y el Ministerio de Hacienda y Función Pública del Gobierno de España.

Según señala la Asociación Española de Fundraising (AEFr) en una nota de prensa emitida recientemente, las novedades que se introducen son las siguientes:

  1. Se estimula el micromecenazgo y se incrementan los porcentajes de deducción: en el caso de personas físicas, se eleva de 150 a 250 € la base sobre la que se puede deducir el 80% de la donación del IRPF y por el resto habrá un 40% de deducción (en lugar del 35% vigente). En el caso de personas jurídicas, las deducciones en el impuesto sobre sociedades también pasan del 35 al 40%. En ambos casos, para premiar el mecenazgo sostenido, la deducción aumenta al 45% en el caso de personas físicas y al 50% para las personas jurídicas (ambos ahora al 40%) si, en los dos años anteriores, se ha realizado la donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.
  2. Se incluye en el concepto de donación fiscalmente deducible la cesión de uso de todo tipo de muebles e inmuebles dentro del concepto más genérico de donación de derechos.
  3. Se amplía el concepto de convenio de colaboración, incluyendo de forma expresa las aportaciones en especie incluida la prestación gratuita de servicios. El colaborador podrá además difundir esta colaboración.
  4. Se incluye el denominado mecenazgo de reconocimiento o recompensa que permite que el donante obtenga retornos simbólicos en forma de contraprestación de bienes o servicios, siempre que no representen más del 15% del valor de la donación con un tope máximo de 25.000 €.
  5. Se amplían las modalidades de explotaciones económicas exentas, cuando sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro, en las siguientes actividades: desarrollo e innovación, prestaciones de servicios de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social y de enseñanza y formación profesional vinculadas a estudiantes de altas capacidades.
  6. Se refuerza el automatismo por aplicar exenciones de tributos de competencia local a los bienes de entidades sin ánimo de lucro.

Desde la Asociación Española de Fundraising, se incide en que “estamos seguros de que esta modificación de la Ley de Mecenazgo será un estímulo entre la ciudadanía y el sector privado para elevar el valor de las donaciones, herramienta esencial para la sostenibilidad de las causas de interés general desarrolladas por las entidades no lucrativas”. En este sentido, “esta modificación de la ley supondrá una importante transformación para el Tercer Sector, ya que facilita y reconoce la implicación y el compromiso de la ciudadanía en los problemas de la sociedad, desde una perspectiva de altruismo y, en definitiva, elevando el Estado del Bienestar”.

Por su parte, el presidente de la Plataforma del Tercer Sector, Luciano Poyato, ha expresado su satisfacción por la aprobación de la reforma de la Ley de Mecenazgo mediante Real Decreto-Ley, felicitando a todas las entidades y organizaciones que han trabajado para hacer posible esta reforma. Al respecto, ha señalado que “el mecenazgo es una forma de fomentar la cohesión social, logrando una mayor participación privada en actividades de interés general y, por consiguiente, generando, fortaleciendo y articulando más la sociedad civil”.

Esperemos que ello contribuya a la labor tan necesaria que realizan las entidades sociales. En lo que a la Fundación Salud y Comunidad se refiere, recordar que colaborar en cualquiera de sus ámbitos de actuación o en sus proyectos, es posible a través de su sistema de donaciones.

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